Las personas que no han sido consideradas admisibles en los EE. UU. pueden ser elegibles para exenciones provisionales. Estas exenciones están diseñadas para evitar dificultades extremas que, de otro modo, podrían ocurrirles a los familiares de personas que hayan sido declaradas inadmisibles si estos se vieran obligados a regresar al país de origen o si el inmigrante que haya sido declarado inadmisible se ve obligado a mudarse solo al país de origen. La exención provisional se llama I-601A y está disponible en el sitio web de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. Obtener la aprobación de una petición de exención provisional puede ser difícil. Por este motivo, es importante contratar a un abogado experimentado en exenciones provisionales en Nueva York en Oltarsh & Associates.
¿Qué es la exención de inadmisibilidad I-601A?
La exención de inadmisibilidad I-601A permite a los solicitantes de visa de inmigrante solicitar que el gobierno de los EE. UU. renuncie a una prohibición de tres a diez años sobre la admisibilidad por estar presente ilegalmente en los EE. UU. antes de irse. Antes de que este tipo de exención estuviera disponible en 2013, las personas tenían que ir a una entrevista consular fuera de los EE. UU. y, más aún correr el riesgo de quedar atrapadas sin saber si su exención iba a ser aprobada o denegada.
La exención provisional I-601A solo está disponible para personas que han sido consideradas inadmisibles como consecuencia de su presencia ilegal en los EE. UU. Las personas con otros motivos de inadmisibilidad deberán utilizar el proceso de exención tradicional. La presencia ilegal se produce cuando una persona mayor de 18 años permanece ilegalmente en los EE. UU. durante 180 días o más. Si la persona permanece menos de 365 días, se le prohibirá el reingreso durante tres años. Si se queda 365 días, o más, se enfrentará a una prohibición de reingreso de 10 años.
Exenciones provisionales versus exenciones tradicionales
Las personas que hayan sido consideradas inadmisibles por otros motivos no pueden utilizar el proceso de exención provisional. En su lugar, tendrán que salir de los EE. UU. y programar una entrevista en un consulado de los EE. UU. para ser declarados inadmisibles. Luego de ello, deberán solicitar una exención tradicional del USCIS completando el Formulario I-601. Incluso, si logran tener éxito al fiinal, el proceso de exención tradicional puede tomar mucho tiempo. Esto puede significar que las familias deban estar separadas durante mucho tiempo. Si la solicitud de exención tradicional es denegada, deberán permanecer fuera de los EE. UU. durante tres o 10 años antes de poder volver a ingresar con cualquier tipo de visa.
El proceso de exención provisional permite a los familiares inmigrantes de ciudadanos estadounidenses tomar medidas con anticipación mientras permanecen en los Estados Unidos para tratar de evitar quedar atrapados en otro país durante años. Una vez que el USCIS apruebe la petición inicial, el solicitante recibirá información sobre los pasos posteriores y las tarifas de tramitación. Luego, deberá informar al National Visa Center que planea enviar una solicitud de exención provisional al USCIS.
El Formulario I-601A debe enviarse con las tarifas requeridas y los documentos de respaldo. El USCIS le informará al National Visa Center si aprueba la solicitud de exención provisional.
Si esta se aprueba, el solicitante podrá salir de los EE. UU. para su entrevista consular sin preocuparse de quedar atrapado en otro país.
Si el USCIS niega la solicitud de exención provisional, el inmigrante puede volver a intentarlo antes de que se cierre su caso consular. Si esto sucede, debe hablar con un abogado de inmigración con experiencia en Nueva York en Oltarsh & Associates para obtener ayuda.
Elegibilidad para el proceso de exención provisional I-601A
Si desea solicitar una exención provisional, usted debe ser elegible para recibir una visa de inmigrante y debe estar presente en los EE. UU. cuando envíe su formulario I-601A. También debe tener al menos 17 años o más y ser admisible por otros motivos. Debe presentar evidencia de respaldo que demuestre que su padre, madre o cónyuge ciudadano estadounidense sufrirá dificultades extremas si no se le concede su solicitud de exención. Usted también deberá incluir documentos que demuestren que cumple con cada uno de los factores de elegibilidad. Un abogado de exención provisional de Nueva York de Oltarsh & Associates puede ayudarle a explicándole los tipos de documentos que podrían ser necesarios.
Qué hace un abogado de inmigración de Nueva York en Oltarsh & Associates durante el proceso
Solicitar una exención provisional de inadmisibilidad implica mucho más que simplemente llenar un formulario. En cambio, su abogado compilará una imagen de la vida de su familia y presentará diferentes escenarios de lo que podría pasar si se le niega su exención. Esto incluirá información sobre las personas que sufrirían dificultades extremas si toda su familia tuviera que mudarse con usted a su país de origen y, también, qué pasaría con sus seres queridos si usted se viera obligado a mudarse a su país de origen.
Para crear un relato convincente, su abogado tendrá que mantener largas reuniones con usted y con los miembros de su familia que sean ciudadanos estadounidenses para saber si cumplen con los requisitos básicos para una exención. Dependiendo de lo que su abogado aprenda durante las reuniones, él o ella podrían hacer algunas de las siguientes cosas para preparar la solicitud de exención correctamente:
- Pedirle que traiga una lista específica de fotos y documentos
- Revisar los documentos y las fotos
- Investigar las condiciones en su país de origen
- Hacer copias de informes gubernamentales de EE. UU., artículos de prensa y otras pruebas del gobierno que respalden su reclamación de dificultades extremas para los miembros de su familia
- Obtener declaraciones de médicos u otros profesionales sobre las afecciones médicas relevantes de su familiar ciudadano de EE. UU.
- Preparar declaraciones juradas de familiares, amigos, empleadores, profesores y otras personas que puedan dar fe de los hechos que haya presentado
- Escribir una descripción detallada de por qué la evidencia lo califica para una exención provisional
Hable con un abogado de inmigración con experiencia en Oltarsh & Associates
Los abogados de Oltarsh & Associates tienen mucha experiencia ayudando a inmigrantes a solicitar y recibir exenciones provisionales de inadmisibilidad. Entendemos cómo presentar la información de manera que ayude al gobierno a comprender las dificultades extremas que se crearían si nuestros clientes se vieran obligados a permanecer fuera de los EE. UU. y separados de sus familias. Llámenos hoy para programar una consulta al 212-944-9420.