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MATRIMONIOS DEL MISMO SEXO, SUSPENSION DE DEPORTACION

La semana posada, en una audiencia de deportación para un hombre venezolano, casado con un hombre estadounidense, el hombre venezolano fue otorgado una Estadía por un Juez de Inmigración de Newark porque la Administración de Obama cuestionó el tema de inconstitucionalidad del Decreto de Defensa de Matrimonio. Este Decreto Federal específicamente no reconoce matrimonios del mismo sexo en varios estados, como en Connecticut, los cuales otorgan certificados de matrimonio a parejas del mismo sexo.

Hasta la fecha, la Administración no ha emitido alguna regulación para permitir a parejas del mismo sexo que sean aceptadas por el Gobierno Federal y específicamente por el Servicio de Inmigración. El Fiscal General actualmente esta considerando una manera para que un ciudadano estadounidense homosexual pueda peticionar por su compañero/a homosexual y sea reconocido por los Servicios de Inmigración. El estudio exploratorio del Fiscal General acerca de la inconstitucionalidad del Decreto de Defensa de Matrimonio y la postergación de deportación para el extranjero casado con el mismo sexo, indican un desarrollo prometedor para los inmigrantes homosexuales. Debido a la oposición de conservadores, quienes consideran que cualquier desviación del Decreto de Defensa de Matrimonio es indefendible. El asunto aun no ha sido resuelto; sin embargo, la Administración de Obama ha indicado que finalmente puede estar lista para luchar por el cambio.

Notificacion de Negacion de Inmigracion, ¿Que hacer?

Después que una petición o aplicación es sometida a Inmigración, y el solicitante ha esperado una respuesta por meses, puede que hasta años, y recibe una negación, ¿qué puede hacer?

Lo primero que debe hacer es estudiar el contenido de la Notificación de Negación. ¿Es posible que Inmigración cometiera un error? ¿Hay inconsistencias de parte del Servicio de Inmigración? ¿La negación dice que tiene el derecho para una apelación o puede hacer una Moción de Reapertura y/o Reconsideración?

El solicitante debe llamar a un abogado, si aun no tiene uno. El abogado probablemente debe estudiar la Negación para ver si la negación es consistente con la aplicación. Por ejemplo, nuestra oficina sometió una aplicación para un cliente quien desea auto-peticionarse para hacer su residencia provisional permanente. El Servicio de Inmigración rechazó la auto-petición porque inmigración dijo que nuestro cliente no adjunto un divorcio, el cual era requerido. El Servicio de Inmigración nos dio la oportunidad de responder. Nosotros mandamos una copia del divorcio extranjero, el cual ya habíamos mandado adjunto con la auto-petición para cambiar la residencia provisional a permanente. Sin embargo, esta vez para asegurarnos que el Servicio de Inmigración comprendiera, nosotros les explicamos que este era un divorcio extranjero y que la esposa hasta había firmado un recibo para el servicio de proceso. El divorcio ocurrió en Pakistán, la pareja se caso en Pakistán y los dos eran nacionales pakistaníes por lo tanto la corte en Pakistán tenia jurisdicción. Nosotros adjuntamos un Memo de Ley de un abogado Pakistaní indicando que el divorcio concordaba con la ley Pakistaní. El Servicio de Inmigración aprobó la residencia permanente para nuestro cliente dentro de un mes.

Nosotros hemos tenido casos donde el Servicio de Inmigración negó el caso por no responder a una petición por más evidencias o porque nuestro cliente inoportunamente falló en responder a una petición de información. Nosotros hemos apelado dichas negaciones porque el Servicio de Inmigración mandó la petición por información a la dirección equivocada, a pesar que antes de la negación, nosotros habíamos notificado Inmigración del cambio de dirección o hemos podido demostrar que anteriormente habíamos respondido a la petición pero Inmigración se había tardado en poner nuestra respuesta en el archivo de nuestro cliente. Es muy importante estudiar estas negaciones y corregir estos errores de Inmigración lo mas pronto posible.

Si la negación llegó porque el abogado cree que el Servicio de Inmigración ha mis interpretado los hechos del caso o por un error en su interpretación de la ley, entonces es vital que el abogado explique en un reporte o Memo de Ley demostrando como exactamente de acuerdo a los hechos, la ley debió haber sido interpretado, y como exactamente el solicitante tiene el derecho de superar esta negación.

Por último, dependiendo del caso, una Apelación puede ser apropiada o una Moción de Reapertura o Reconsideración. Tal vez porque el caso puede haber sido considerado como un L-1 (Traslado de Intra-compania) o un E-2 (tratado de Inversores) y la aplicación después de ser revisada puede indicar que otra clasificación puede ser mas apropiada como un O-1 (persona de negocios excepcional), entonces puede ser una perdida de tiempo y dinero si se considera como una L-1 o E-2 y el solicitante debe cambiar su estrategia a un O-1. Desde luego después de una consulta apropiada con el abogado, también puede ser decidido que no se puede ganar el caso y debe considerar otras opciones.

Para Asistencia, LLAMENOS al 212-944-9071 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com