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EXTENSIONES TEMPORARIAS DE STATUS

EXTENSIONES DE “GREEN CARDS” (REEMPLAZOS)

Para un reemplazo de tarjeta de residencia permanente (Green card) que expira cada 10 años, debe someterse la solicitud y dos fotos estilo pasaporte. Aun en el caso en que un residente permanente intente entrar a los Estados Unidos con una tarjeta vencida, el Servicio de Inmigración debe admitir a la persona. Mientras la solicitud de reemplazo esta pendiente, el recibo de dicha solicitud sirve como reemplazo.

EXTENSION DE AUTORIZACION DE EMPLEO

Si una autorización de empleo esta cerca de su vencimiento, se puede hacer antes de la fecha autorizando una extensión de 240 días para las siguientes categorías:
A-3, E-1/E-2, G-5, H-1, H-2, H-3, I, J-1, L-1, O-1/O-2, P-2/P-3
Un trabajador especializado (H-1) puede cambiar de empleo llenando una nueva solicitud con un
nuevo empleador, sosteniendo que la persona en status H-1 no trabajo sin autorización

PERMISOS DE RE-INGRESO

Estos permisos son necesarios para residentes permanentes cuando deben permanecer fuera de los Estados Unidos por mas de un año o si requieren un documento de viaje. Deben solicitarse antes de la partida y son emitidos por 2 años. El Permiso de Re-ingreso crea la presunción a favor del residente permanente que no ha abandonado la residencia en los Estados Unidos.

Los permisos de 2 años no pueden renovarse. Sin embargo, el beneficiario puede retornar a los Estados Unidos y aplicar por un nuevo permiso por otros 2 años.

VISAS B

Las visas B-1 y B-2 necesitan contar con una residencia en el extranjero sin un intento de abandonar para visitar temporariamente los Estados Unidos por negocios o placer. La admisión normal es de 6 meses con el derecho a aplicar por 6 meses adicionales de extensión. Si un visitante entra a los Estados Unidos e inmediatamente regresa, el Oficial de Inmigración puede concluir que el visitante tiene intensiones de quedarse de manera permanente, y como consecuencia denegarle la entrada.

VISAS E

Una visa E-1 es para un individuo que tiene intensiones comerciar de manera substancial entre Estados Unidos y un determinado país. El comercio consiste en bienes y servicios de los cuales más del 51% debes ser entre los Estados Unidos y el país de origen de la persona.
Una visa E-2 es para un inversor que ha invertido o este en proceso activo de invertir fondos de riesgo bajo la posesión o control del inversor. La inversión no debe ser pasiva: el inversor debe desarrollar y dirigir activamente los negocios. El cónyuge e hijo pueden obtener visas E como dependientes si están acompañando o se unirán posteriormente con el principal.
El tiempo máximo para una visa E es de 5 años, pero puede ser otorgada por menos tiempo, dependiendo del convenio de reciprocidad del país de origen con los Estados Unidos. Las renovaciones son continuas siempre y cuando la persona cumpla con los términos de admisión.

VISAS F

La visa F es para estudiantes académicos que tiene residencia en el extranjero sin un intento de abandonar, y que están buscando entrar temporariamente a estudiar a una determinada institución. Los estudios deben ser de tiempo completo.
El estudiante es generalmente admitido 30 días antes de comenzar el curso, pero si es necesario se lo puede admitir 90 días antes. La duración de la estadía se otorga generalmente por el periodo que requiera completar el programa educacional. Cuando el programa termina, el estudiante tiene 60 días para preparar su partida o transferirse a otra institución. Si el estudiante cambia a status H-1 y la cuota numérica no esta disponible, el Comisionado puede extender la duración de status hasta el próximo año fiscal.
Para entrenamiento, un estudiante de tiempo completo que haya completado al menos un año académico, debe recibir un año completo de entrenamiento practico opcional (OPT) después de completar un curso de grado, maestría o doctorado.

VISAS H-1 – OCUPACION ESPECIALIZADA

Una ocupación especializada requiere una aplicación teórica y practica de conocimiento especializado más al menos un diploma de grado en la especialidad o su equivalente. La visa primero se otorga por tres años. Se puede obtener una extensión de tres años adicionales como máximo. Esta regla no se aplica cuando la persona vive menos de 6 meses al año en los Estados unidos.

La persona en status H-1 puede también extender su status más allá del límite de seis años si existe una certificación laboral, una petición de preferencia (I-140), o un ajuste de status que haya sido iniciado y han pasado 365 días o más desde el inicio del trámite. En este caso la visa H se extiende por periodos de un año, después del vencimiento del periodo inicial de 6 años.

VISAS L-1 – TRANSFERENCIAS INTRA-COMPAÑIAS

El beneficiario de una L-1 debe haber estado empleado de manera continua en el extranjero durante un año dentro de los pasados tres años por una matriz, filial, sucursal o subsidiaria de una empresa en los Estados Unidos. El empleo debe ser temporario, en una posición que sea gerencial o ejecutiva o que requiera conocimiento especializado. La solicitud se aprueba por tres años. Si la compañía se formo recientemente en los Estados Unidos, en principio se aprueba solamente por un año. Para extender una visa L-1, en una compañía recién constituida en los Estados Unidos, se debe demostrar que la compañía puede mantener un gerente o ejecutivo, y que la puede demostrar un crecimiento significativo durante el año previo. Las extensiones pueden otorgarse para gerentes o ejecutivos por un máximo de siete años y para personas con conocimientos especializados el máximo son cinco años. Si un empleado con conocimiento especializado se convierte en gerente o ejecutivo al menos cinco meses antes que expire su periodo de cinco años, y el Servicio de Inmigración aprueba dicho cambio, el empleado tiene el beneficio de los siete años. Si una persona en status L o H califica para status E, se puede hacer la transferencia de status y la regla de los 5/7 años no se aplica.

VISAS O

La personas con habilidades extraordinarias para las ciencias, arte, educación, negocios o deportes puede obtener una visa O por un periodo especifico no mayor a 3 años.

VISAS P – GRUPOS DE ENTRETENIMIENTO Y ATLETAS

Esta categoría es para un atleta individual o parte de un equipo que es reconocido internacionalmente, o una persona que actúa con o es un miembro integral o esencial de un grupo de entretenimiento que es reconocido internacionalmente como sobresaliente por un periodo de tiempo y si dicha persona tiene una relación substancial con el grupo por al menos un año.
Los atletas pueden recibir como máximo 5 años de visa con una extensión de 5 años más. Las visas P para un equipo pueden solicitarse solo por un año. Para un grupo de entretenimiento, solo se otorga por un máximo de un año.

VISAS R – MINISTROS O PERSONA TRABAJANADO EN UNA POSICION PROFESIONAL EN UNA VOCACION RELIGIOSA U OCUPACION

Para obtener este status es necesario haber sido miembro de una denominación religiosa que tenga una organización religiosa de buena fe y sin fines de lucro en los Estados Unidos.
Esta visa esta disponible por un lapso de cinco años. El periodo inicial es de 3 años y las extensiones pueden obtenerse por 2 más. Luego de estos 5 años, la categoría R requiere que la persona viva fuera de los Estados Unidos para calificar nuevamente para la visa.

TPS – STATUS PROTEGIDO TEMPORARIO

TPS esta disponible para ciudadanos extranjeros si el Attorney General determina que el país del solicitante se encuentra en conflicto armado y la seguridad de la persona esta en peligro si retorna a su país.

El solicitante de TPS puede solicitar también una autorización de empleo por un año y puede obtener extensiones anuales subsecuentes. Un beneficiario de TPS puede también obtener un permiso para viajar al extranjero.

Para Asistencia, LLAMENOS al 212-944-9071 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com