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FALLECIMIENTO DE CIUDADANO ESTADOUNIDENSE QUE PETICIONA POR SU CONYUGE: QUE ES LO QUE PUEDE ESPERAR EL CONYUGE SOBREVIVIENTE Y SUS HIJOS?

Anteriormente, en caso de fallecer un ciudadano estadounidense dentro de los primeros dos años de matrimonio, el viudo/a y sus hijos debían abandonar el país.  El gobierno imponía la regla que revocaba toda solicitud de pariente para esposos e hijos si el solicitante fallecía dentro de los primeros dos años de matrimonio.  Esta regla estricta se justificaba bajo la prevención de fraude.  De hecho, esta política carecía de sentido porque no daba derecho alguno al cónyuge supérstite de probar buena fe del matrimonio.  Un viudo/a sufría entonces doble pérdida: el fallecimiento de su cónyuge y ser excluido del país sin ninguna excepción.

Ahora la ley ha cambiado de manera más racional y sensible.  El cónyuge sobreviviente puede probar la buena fe del matrimonio.  Por lo tanto, tanto el cónyuge como sus hijos, pueden asentarse en los Estados Unidos, tal como fuera el deseo de el ciudadano estadounidense.